Ideas Ingrávidas por Eduardo Vásquez
junio 16, 2006 por admin
Publicado en Ciencia, Política y Sociedad, Misión Ciencia
El Nacional – Viernes 16 de Junio de 2006
El ejemplo de Chávez ha contagiado a muchos profesores universitarios.
Chávez puede hablar 8 horas seguidas, denunciar más de 100 veces al capitalismo salvaje y al liberalismo, sin decirnos en qué consisten. Ni prueba nada ni demuestra nada. Sin conocer a Nietzsche, sabe que los jefes no argumentan. Rigoberto Lanz es su discípulo. Denuncia constantemente la “racionalidad dominante, la lógica imperante, la episteme que domina”, pero no hay la menor explicación de lo que significan esos términos. Denuncia las ideas sobre la “verdad”, el “método científico”, el “progreso”, que se han vuelto normales no obstante ser “bagatelas” sic) que funcionan en la mente de tanta gente.
Hay que ser sagaz para obtener de tanta gente” opiniones sobre el método científico, lo que es la verdad, o en qué consiste el progreso. La Misión Ciencia que dirige el profesor Lanz pondrá fin a todo ese predominio de la razón. ¿Por qué la llama Misión Ciencia?
Más apropiado seria llamarla misión anticiencia o misión de la irracionalidad.
Pues no hay más ciencia que la que conocemos y la misión anticiencia tiene como misión, como las misiones religiosas, crear una nueva ciencia. Tal ciencia nueva no podrá basarse en la razón, en la argumentación propia del método científico, ni en la idea de que hay una verdad por descubrir, criticando a lo que se consideraba verdad anteriormente y estableciendo nuevas verdades. Todo este progreso tiene que ser eliminado. Para esto está la misión anticiencia y su jefe, y Chávez. Pues al gran jefe le horroriza la razón, la argumentación, la prueba científica. Si el concepto de ciencia estaba constituido por el método científico, el progreso, la creencia en la verdad, ¿en qué se basará la nueva anticiencia de Rigoberto Lanz? Esta nueva concepción queda tan indefinida, vaporosa e ingrávida como el socialismo del siglo XXI.
El progreso, que pone tan delirante al profesor, no puede ser logrado sin la crítica. Por ejemplo, fue un progreso logrado por la crítica reemplazar el poder político monárquico, respaldado por el poder religioso, por el poder de la razón. La razón siempre es crítica y no sólo contra lo diferente de ella, sino contra ella misma. El positivismo decimonónico, al cual Rigoberto Lanz asimila al racionalismo, es enemigo de la razón. Cualquier estudiante de sociología sabe que Comte, en su ley de los tres estados, condenó a la época del racionalismo una vez que había cumplido su misión de concluir con la etapa teológica por ser incompatible con la etapa positivista. Y lo era porque, según Comte, la razón es crítica, es negadora, y con ella nada firme se puede construir. Racionalismo y positivismo son enemigos, profesor Lanz, aunque usted no lo crea.
Es verdad. La modernidad es la época de la razón. Es la época de los derechos del hombre y del ciudadano.
Es la época en que es abatida la monarquía, la aristocracia, y ese poder es sustituido por los gobiernos republicanos y democráticos. Y todo ello ocurre por el surgimiento de la burguesía, de una clase que cambia el significado del trabajo, el cual no es un castigo de Dios, sino un medio de lograr una posición social, en contra de la opinión de la Iglesia. La historia de la burguesía es una lucha progresiva del surgimiento del ateismo (Groethuyssen). No fue el “peso de la idea” (de la burguesía o de la república) lo que hizo surgir una nueva sociedad. La idea de igualdad surge en la religión. Pero la exigencia de igualdad en la tierra surge 2.000 años después sin ser resultado de una “idea”. Los filósofos materialistas explican el desarrollo histórico por factores no ideales. Por ejemplo, en los cambios de los instrumentos de producción y en las nuevas relaciones entre los hombres que producen esos cambios.
Los sociólogos repiten constantemente que todo el malestar de la cultura se debe a la racionalidad instrumental.
G. Vattimo, un heideggeriano, escribe que Auschwitz se debe al progreso técnico. El asesinato de judíos y otros hombres por los nazis, no se debe a sus ideas, sino a la existencia de la ciencia y la técnica. El asesino lo es, no porque quiere matar a otro, sino por el instrumento”. Esta tesis la inventó Heidegger para absolver a los Führer dirigentes o caudillos). Es la técnica desenfrenada, dice Heidegger, la que produce a los caudillos (a Hitler).
Luego, ellos no son “responsables”.
Los pobres son más bien seres sin voluntad propia, manejados por la técnica.
Son víctimas. Los que atribuyen a la razón instrumental la culpa de todos los males, la convierten en un sujeto, en el verdadero autor de la historia, siendo los hombres objetos impotentes.
A Rigoberto Lanz le ha tocado, o mejor, ha echado sobre sí una bien triste tarea: colaborar con su jefe máximo en la destrucción de lo que constituye la humanidad del hombre: su razón crítica.
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AMOS JUAN COMENIUS
PAULO FREIRE
PROFESOR EDUARDO MARCELO COCCA jpg
Titulo
El Profesor Universitario
Autor
Eduardo Marcelo Cocca
Resumen
Debemos tener en claro, si queremos una educación universitaria artesanal, amateur, o una educación en manos de verdaderos profesionales de hecho y de derecho, como corresponde y nos merecemos, y sobre todo en un país en serio, donde debe reinar por encima de todo el Estado de Derecho, al todos debemos propender para que su ejercicio, no sea una expresión de deseos, sino una realidad, a la que todos sin ninguna duda aspiramos.
Lo habitual, tanto en universidades publicas como privadas y con la anuencia de sus autoridades, los Profesores Universitarios, son solamente de hecho, detentan una carrera de grado y tanto ellos como las autoridades, consideran suficiente merito para habilitarlos como profesores, en abierta contradicción con las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, L.E.S. Art.. 36, Código Penal, etc.
Palabras claves
Usurpación de Titulo, Profesor Universitario, Estado de Derecho
Fecha de envío
24/11/06
Fecha de recepción
24/11/06
Introducción
Desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos frente a una flagrante violación de la ley, delitos penales incluidos, creo que no es necesario recordar que todo ciudadano tiene obligación de conocer la ley, ni que decir si se trata de letrados.
Desgraciada y alegremente tanto participes necesarios, como autoridades que nombran en estos puestos, estí¡n incursas en el delito, recordar el CP, cuando nos dice aquel que designe a alguien sin titulo suficiente, podemos cerrar los ojos o mirar para otro lado, tal como hemos hecho hasta ahora,pero después nonos quejemos de los resultados o busquemos chivos expiatorios en la escuela secundaria, cuando el verdadero problema, núcleo de esta cuestión es la universidad misma, que claro, manejada por amateurs y no verdaderos profesionales, titulados los resultados no pueden ser otros que los que se exhiben, lamentablemente.
Desarrollo
El Estado Nacional, a través del Ministerio de Educación otorga como corresponde, autorización a diferentes universidades publicas y privadas, el permiso para el post- grado de Profesor Universitario y posterior otorgamiento del titulo correspondiente, luego de cursada y aprobada la curricula especifica de la carrera.
Ahora bien, la gran mayoría de los profesionales que ejercen como docentes universitarios, salvo raras excepciones, carecen del titulo de Profesor Universitario.
El Profesor Universitario, cuando esta en clase frente al alumnado, no esta en calidad de abogado, juez, medico, ingeniero, etc., sino cumpliendo la función y desempeñando el rol de Profesor Universitario, y para lo cual y se cae de maduro que su carrera de grado no es suficiente para el ejercicio profesional como Profesor Universitario, tal como lo marca el sentido común y las regulaciones de las leyes.
Prima facie, estos profesionales, sin titulo de Profesor Universitario, estarían alcanzados por el Art.. 246.- inc.1.-Usurpación de Títulos.-del Código Penal, que dice:el que ejerciera o asumiere funciones publicas sin titulo.- Art., 247.- Según ley 24527.- Usurpación de Títulos,- Código Penal.- que dice: el que ejerciere actos propios de una profesión……, sin poseer titulo…… y luego dice: el que se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
La ley de Educación Superior N* 24521, Art.. 36, nos dice: los docentes de todas las categorías deberí¡n poseer titulo universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia………,o sea que si ejercen como Profesor Universitario, tal como taxativamente lo marca la ley, deberí¡n tener titulo de Profesor Universitario, además del titulo de la carrera de grado que lo habilita en la especialidad.
Las universidades otorgan el titulo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prí¡cticos. Le recuerdo aunque parezca una verdad de Perogrullo, para acceder al titulo de Profesor Universitario, hay que cursar y aprobar una determinada curricula. La ley de Educación Superior, que la que norma, contiene y da marco legal a las universidades, ni aun en el pí¡rrafo referido a la autonomía universitaria, no dice en ninguna parte que estas puedan nombrar a cualquier profesional con titulo insuficiente como Profesor Universitario.
Desde el punto de vista del Derecho, supongamos que alguien que ejerce la profesión de Abogado, pero no sabe que es el Código Civil, ni quien fue Vélez Sarsfield, con toda seguridad ningún letrado aceptaría esta situación,sin embargo la mayoría de los Profesores Universitarios ( de hecho ), no saben quien fue Amos Comenius, ni que decir de su ” Didí¡ctica Magna “, o incluso mas en nuestros días, el colega Abogado y Pedagogo Paulo Freire, quizí¡s el mas importante en la historia de la educación latinoamericana, con su celebre texto ” La Pedagogía del Oprimido “.
El Profesor Universitario, tiene la obligación de conocer, perfecta y profundamente, las corrientes didí¡cticas imperantes, para que de acuerdo con su leal saber y entender, y luego de todos los aní¡lisis pertinentes, se enrolaren en la corriente conductista, humanista, constructivista o mixta, o incluso alguna elaboración personal basada en conocimientos que los especialistas elaboraran día a día, para aquellos a los que de verdad nos importa la educación universitaria abrevemos.
Lo mismo sucede con cual es la metodología de enseñanza, que aplicaremos con el alumnado, serí¡ lineal, concéntrica o espiralada, el manejo de cualquiera de estas técnicas, debe ser algo tan habitual para el verdadero profesional, que cumple el rol de Profesor Universitario, como el hablar o escribir para cualquiera de nosotros.
Lo expuesto hasta aca, no llega a ser ni la punta del iceberg
Entonces señores de una vez `por todas a llegado el momento de ponernos los pantalones largos, y que asumamos como no puede ser de otra manera, que no se puede ejercer una profesión, ni ser un profesional de la misma sin titulo habilitarte.
Como colofón y para dejar palmariamente demostrado todo lo expuesto hasta aquí, digamos que todos los meses cobramos una limosna, a la que las universidades llaman sueldos, y las remuneraciones son en concepto de Profesor auxiliar, jtp, adjunto, asociado o titular, insisto a cualquiera de estas categorías llegaron por una varita mí¡gica que los designo inmerecidamente contra de todas las leyes del sector incluso reitero el Código Penal, que en este caso no cumple su función preventiva como debería y todos estamos esperando el irrestricto cumplimiento de la norma
Conclusión
Seria deseable, que las autoridades competentes y dando un plazo de 24 o 36
meses, para que los actuales Profesores Universitarios de hecho, se conviertan en Profesores Universitarios de Hecho y de derecho, para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
Temas a debatir
Profesores Universitarios de hecho o de hecho y de Derecho
Profesores Universitarios Profesionales de la educación o amateurs de la educación universitaria
Bibliografia
Ley de Educacion Superior Nro. 24521
Codigo Penal Argentino
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Posted by PROFESOR COCCA to PROFESOR COCCA at 11/25/2006 12:19:00 PM